Maskota la reconocida compañía es declarada en quiebra

Aclararon que no hay fecha para el cierre de las tiendas, depende del tiempo que tarde el síndico en vender los activos.

La cadena de tiendas especializadas Maskota fue declarada este miércoles en bancarrota , al no conseguir un acuerdo con sus acreedores por medio del concurso mercantil en la que entró en el mes de abril.  

La determinación fue tomada por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles .

 Argumentando que resulta procedente la declaratoria de quiebra de la concursada, atendiendo a las constancias de autos, se sospecha que transcurrieron los plazos de 185 días de la conciliación y los 90 correspondientes a su prórroga autoriza.

Sin que a esta fecha se haya aprobado un convenio para dar fin al concurso mercantil en que se actúa.

Los funcionarios del juzgado declararon “Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 167, fracción II, y 168 de la Ley de Concursos Mercantiles, se negaron a emitir declaración de declaración de la comerciante en estado de quiebra de Comercializadora Latinoamericana KITSI, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable”.

José Alberto López Torres, socio de GLZ Abogados, especialista en Procedimientos de Insolvencia y Litigios Concursales, explicó que las 80 tiendas que aún opera Maskota seguirán abiertas hasta que el síndico tome la administración de los bienes y derechos del comerciante.

Posteriormente emitieron un inventario de bienes, para proceder a la venta de los activos para realizar el pago a los acreedores reconocidos en los términos establecidos en la sentencia de reconocimiento de créditos.

 En una entrevista las autoridades declararon “En términos del artículo 169 fracción II de la Ley de Concursos Mercantiles, el comerciante deberá entregar de manera inmediata al síndico, una vez que sea designado la posesión y administración de los bienes del comerciante”

 Especificaron que el juez puede imponer todo tipo de medidas para que se entregue esta administración al síndico, en caso, que el comerciante trate de negarse o tardarse.

Por último enfatizaron en que no hay fecha establecida para el cierre de las tiendas, surgió del tiempo que tarde el síndico en vender los activos de la cadena, para que con sus productos se haga pago a los acreedores, conforme a la cuota concursal que dicho especialista presente para esos efectos.

Sipse