Con esto, se brinda un alivio significativo a las personas en situación migratoria irregular.
¿Lo sabías? Desde noviembre de 2020, los hijos de padres mexicanos nacidos en el extranjero no pierden nacionalidad, aún cuando su padre o madre no sean mexicanos de nacimiento.
La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación en mayo de 2021, fue impulsada por la senadora Olga Sánchez Cordero, y otorga la nacionalidad mexicana a los hijos e hijas de ciudadanos que hayan adquirido la nacionalidad mexicana, sin importar su lugar de nacimiento.
El núcleo de la iniciativa reside en eliminar la restricción actual en la Constitución, que condicionaba la nacionalidad mexicana a aquellos nacidos en el extranjero únicamente si sus padres mexicanos eran nacidos en territorio nacional.
Esta limitación generó numerosos problemas laborales y migratorios para quienes, habiendo adquirido la nacionalidad mexicana, no pueden transmitirla a sus descendientes.
La senadora Sánchez Cordero, arquitecta de esta propuesta de cambio, expresó en su momento que: “el objeto de la iniciativa es que basta con que los padres, padre o madre, sean mexicanos (por nacimiento o naturalizados) para que los hijos puedan adquirir la nacionalidad mexicana”.
Con esta modificación, se brinde un alivio significativo a las personas en situación migratoria irregular y se resuelvan los problemas laborales que muchos han enfrentado debido a la limitación previa en la ley.
La trascendental enmienda constitucional ha abierto el camino hacia una sociedad mexicana más inclusiva y diversa, donde la nacionalidad se otorga sobre la base del vínculo familiar y no del lugar de nacimiento.